La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), divide la propiedad intelectual en propiedad industrial, que abarca todas aquellas regulaciones vinculadas a las aplicaciones industriales, y en el derecho de autor y conexos, que regula derechos de los autores y de los artistas e intérpretes, productores de fonogramas y los emisores de señales de radio y TV, por ejemplo.

En nuestra legislación la propiedad industrial se encuentra regulada por la Ley de Propiedad Industrial (17.164) que incluye: patentes de invención, modelos de utilidad y diseños industriales. Por su parte, los Derechos de autor y derechos conexos se regulan por la Ley de Propiedad Literaria y Artística Nº 9.739 con las principales modificaciones introducidas por las leyes Nº 17.616 de 2003, Nº 17.805 de 2004, Nº 18.046 de 2006 y Nº 19.149 de 2013.

Desde aquí se puede acceder  a la base de datos de jurisprudencia de Derecho Informático, donde se reúnen sentencias relacionadas con Derecho de Autor dictadas por Tribunales de la República Oriental del Uruguay.

Hacer clic aqui para acceder a la página de la Asociación General de Autores del Uruguay (AGADU) para consultar la legislación sobre derechos de autor.

Última modificación: lunes, 16 de marzo de 2015, 13:32